El Ministerio Fiscal solicitaba más de ocho años de prisión para el principal acusado de una organización criminal dedicada a falsificar tarjetas de crédito. Se les señalaba por estafar más de 50.000 euros en casas de apuestas de la Costa del Sol. Las pruebas aportadas por la Policía Nacional no fueron suficientes para la Audiencia Provincial de Málaga, que absolvió de todos los cargos al cabecilla, según una sentencia a la que ha tenido acceso Vozpópuli.
Al líder de esta presunta banda se le solicitaba también una multa de 7.300 euros y una responsabilidad civil de indemnización a las entidades bancarias implicadas por más de 50.000 euros. Los miembros de esta supuesta organización criminal tenían antecedentes penales.
178 operaciones en dos semanas
Según las pesquisas de la Policía Nacional usaron las tarjetas de crédito falsas en 178 operaciones entre los días 24 de mayo y 7 de junio de 2011 en siete establecimientos dedicados a juegos de azar en la Costa del Sol y localidades limítrofes. La entidad bancaria Citibank EEUU reclamaba más de 25.000 euros, y Servired 24.994 euros por los daños y perjuicios causados en su sistema de seguridad informático por el uso indebido de las tarjetas.
Era el 8 de junio de 2011 cuando se detenía en Granada al principal acusado de la causa, considerado el cerebro de la organización, a quién le fue intervenido la cantidad de 2.315 euros fruto de su ilícita actividad, dos teléfonos móviles, y 22 tarjetas utilizadas para la defraudación que portaba en un paquete de tabaco. Igualmente se detenía a otros dos miembros de la banda con 7.000 euros, una tarjeta de crédito, dos teléfonos móviles, sumándose 5 tarjetas de crédito más al tercer miembro.
Estaba en Rumanía
Dos de los acusados fueron señalados por rebeldía en el Juzgado y el cabecilla de la banda fue defendido por Ospina Abogados, bajo la asistencia de la abogada penalista Beatriz Uriarte. Solicitaban la absolución del acusado a pesar de ser señalado por un delito continuado de falsedad en documento mercantil, delito de fabricación de tarjetas de crédito y un delito más de pertenencia a grupo criminal, en un juicio que se dirimió en la Audiencia Provincial de Málaga.
El acusado negó los hechos y manifestó que no conocía a las demás personas implicadas en el procedimiento. Además, este hombre dijo que en las fechas señaladas en los establecimientos víctimas del fraude no se encontraba en España, estando en su país de origen (Rumanía) y coincidiendo con el nacimiento de su hija.
Declaró que en el año 2010 si estaba en España, pero que durante el año 2011, fecha en que se sucedieron los hechos, trabajaba en una empresa de camiones en Rumanía. Su vuelta a España no se produjo hasta el año 2016.
El instructor del caso de la Policía Nacional aclaró que este camionero no fue detenido en Granada, sino que se le detuvo ocho meses después en el aeropuerto de Barcelona, al vincularse su nombre con el atestado. Se dio con su persona analizando los movimientos y tarjetas. Sin embargo se dirimió que ni su nombre, ni las iniciales, coincidían con las del acusado.
"No bastan las meras presunciones o sospechas"
Una postura que fue reafirmada por las declaraciones de los testigos del juicio, quienes no le reconocían, llegando a decir el responsable de uno de los locales que “no ha visto al acusado en su vida”, se recoge en la sentencia.
Con todas estas diligencias la Audiencia Provincial de Málaga adoptó la absolución ya que una decisión condenatoria ha de fundarse en pruebas inequívocas aportadas por la acusación practicadas en el acto del juicio. "No bastan las meras presunciones ni las presuposiciones ni sospechas, sino que es necesaria la presencia de una prueba cabal sin contradicciones y acreditativa de los hechos por los que se solicita la condena del acusado", manifiesta el fallo en el cual absuelve de todos los cargos al acusado.